El
anteproyecto de la
nueva reforma del Código Penal establece cambios en materia de
Propiedad Industrial, especialmente en lo que se refiere al derecho
de Marca.
La modificación
establece tres niveles de graduación punitiva:
En el nivel superior
desde el punto de vista punitivo, encontramos los actos de
fabricación, importación y comercialización al por mayor de
productos falsificados, que ven aumentada su pena de cárcel al
doble.
En el segundo nivel desde
el punto de vista punitivo se sitúan los actos de distribución y
comercialización al por menor de efectos que vulneren los derechos
de marca.
En el primer nivel desde
el punto de vista punitivo encontramos la venta ambulante u ocasional
de estos efectos.
Otro cambio es la
desaparición de la falta tipificada en el artículo 623.5,
suprimiéndose el límite de 400 euros para distinguir entre delito y
falta, incluyendo a éstas últimas dentro de los delitos leves.
El objetivo de la
modificación analizada es separar conductas antes tratadas de forma
unitaria, diferenciando comportamientos criminales al considerar que
no pueden enjuiciarse de la misma forma. Además esta modificación
agrava la responsabilidad penal en los supuestos más graves.