El titular de una
marca registrada puede
impedir que un tercero use su marca como
dominio de Internet. Por tanto, si va a dar de alta un dominio,
registrelo como marca para tener la
exclusividad sobre esa denominación.
Un ejemplo de una marca que impide la utilización de un dominio, lo tenemos en:
La Sentencia número 869/09 de la Audiencia Provincial de Vizcaya, sección 4, de 25 de noviembre de 2009: "...debemos ratificar la afirmación contenida en la
sentencia de instancia de concurrencia de evidente riesgo de confusión, tras apreciar que existe identidad
entre la marca y el nombre de dominio, con coincidencia terminológica, y que los productos y servicios o
actividades correspondientes a la marca irundin y aquellos a los que se refiere la página web de la mercantil
Gallardo también son idénticos o semejantes.
Es evidente la confusión creada al consultar el dominio "www.irundin.es" y acabar en la página de la
Sociedad Gallardo, que es competidora directa de la actora, mediante el registro de un nombre de dominio
cuya denominación es idéntica a la marca registrada con prioridad. Las Sentencias de las Audiencias
Provinciales de Zaragoza de 24 de septiembre de 2.002 y de Barcelona de 3 de noviembre de 2.003 ponen
de manifiesto la importancia de los dominios en la red, a la vista de la publicidad de los negocios. Concurre
riesgo de confusión en el redireccionamiento del dominio "www.irundin.es" a la web de Gallardo Ingeniería
del Embotellado S.L. porque sugiere a los posibles consumidores de productos de Irundin SL o da a
entender que ésta tiene relación con la mercantil Gallardo".